Atención a la Dependencia: Servicio de Ayuda a Domicilio.

CARTA de SERVICIOS

A.F.A. Lanzarote cuenta con un Servicio de Atención en Domicilio (SAD), que pretende favorecer la permanencia de la persona en su hogar, potenciando el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria en la propia casa y en el entorno.

PRESTACIONES

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
▪ PREVENCIÓN DE LAS SITUACIONES DE DEPENDENCIA
▪ ATENCIÓN PERSONAL
▪ ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES DOMÉSTICAS

DERECHOS DE LAS PERSONAS ATENDIDAS Y/O SUS REPRESENTANTES

Los mayores beneficiarios del servicio y/o sus familiares/representantes tienen garantizados, además de los derechos descritos en la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, los siguientes:

  • Que se les preste atención, respetando en todo momento su individualidad y dignidad personal
  • Recibir el servicio de ayuda a domicilio adecuadamente, con el contenido y la duración que en cada caso se determine.
  • Ser informados puntualmente de las modificaciones que pudieran producirse en el régimen de la prestación
  • A la intimidad y a la confidencialidad
  • Ejercer el derecho de queja conforme a las disposiciones vigentes
  • Participar en los servicios y actividades que se organicen y colaborar con sus conocimientos y experiencia en el desarrollo de los mismos, en función de sus capacidades.

DEBERES DE LAS PERSONAS ATENDIDAS Y/O SUS REPRESENTANTES

Nuestros usuarios (en función de su deterioro cognitivo) y/o sus familiares representantes, tienen las siguientes obligaciones legales o deberes,

  • Conocer y cumplir el Reglamento de Régimen Interno.
  • Informar sin omitir ni falsear, sobre las circunstancias personales, familiares y sociales que determinen la prestación y presentar los documentos que sean necesarios.
  • Contribuir a la financiación del servicio.
  • Facilitar el ejercicio de las tareas de los profesionales , así como poner a su disposición los medios materiales adecuados para el desarrollo de las mismas
  • Comunicar con suficiente antelación cualquier modificación que impida la prestación del servicio de ayuda a domicilio
  • Respetar a lo/as profesionales que prestan el servicio

COMPROMISO DE CALIDAD

Nuestra máxima responsabilidad es el correcto ejercicio de los servicios que se prestan. La existencia de ayuda domiciliaria es fundamental e imprescindible para asegurar la calidad de vida en el hogar y que las personas puedan proseguir conviviendo en su entorno con autonomía. Nuestro compromiso comprende:

▪ Iniciar la prestación, en un plazo no superior a 15 días desde la solicitud, salvo que lo impidan causas ajenas al servicio, debidamente acreditadas.
▪ Evitar la rotación de lo/as auxiliares en los domicilios en un 70% de los casos
▪ Medición del grado de satisfacción general con el servicio de usuario/as y/o familiares/tutores mediante encuesta anual.
▪ Contestar las quejas y/o sugerencias presentadas en el plazo de 15 días hábiles desde su recepción.

MARCO LEGAL

✓ Ley 4/2003 28 Feb. (Revisada el 1 Julio 2012), de Asociaciones de Canarias y su Reglamento (Decreto 12/2007, de 5 de febrero)

✓ Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias

✓ Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

✓ Decreto 131/2011, de 17 de mayo, por el que se establecen las intensidades de protección de los servicios y los criterios para determinar las compatibilidades y las incompatibilidades entre las prestaciones de atención a la dependencia del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

✓ Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias

PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS USUARIAS Y/O SUS REPRESENTANTES

Según normativa de Asociaciones de Canarias son órganos de representación de las mismas la Asamblea General y la Junta Directiva.

La Asamblea General, que está integrada por todos los asociados, es el órgano supremo de participación y gobierno de la Asociación, y se reunirá como mínimo, en sesión ordinaria una vez al año.

La Asociación será gestionada y representada por la Junta Directiva, que estará formada por un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a (cuando sea posible), un/a Secretario/a, un/a Tesorero/a, y un máximo de cinco Vocales, elegidos de entre los socios que se encuentren en activo en ese momento, y deberán cumplir este requisito durante todo su mandato. Los cargos que componen la Junta Directiva
son voluntarios y gratuitos.

Mediante estos órganos de participación se pretende dar voz y voto a los familiares/representantes de las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio, entre otros, especialmente en los aspectos que les puedan incumbir.

SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

Las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio y/o sus representantes podrán efectuar manifestaciones de insatisfacción con los servicios prestados, así como formular iniciativas para mejorar su calidad, a través de la presentación de quejas y sugerencias:

– Pueden realizarse vía correo postal, e-mail, o presencialmente en nuestra sede debidamente firmadas e identificadas.
– Disponemos de Hojas de Reclamaciones y Sugerencias a disposición, según legislación vigente (Gobierno de Canarias. Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración).



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